¿Tienes dudas sobre si necesitas o no de verdad un seguro de vida? Este producto, creado para protegerse a uno mismo y a los seres queridos ante fallecimiento, invalidez o enfermedad, tiene múltiples tipologías según las necesidades y circunstancias de cada uno. En este artículo trataremos de resolver las principales cuestiones que puede hacerse una persona que está pensando en hacerse un seguro de vida.
En algún momento de la vida, todos nos planteamos cómo proteger a nuestros seres queridos en caso de que no estemos. ¿En qué situación económica se quedarán? ¿Tendrán medios para seguir con sus planes? Un seguro de vida puede ser la respuesta a estas dudas. Uno queda cubierto en caso de fallecimiento, invalidez o enfermedad, bien para que pueda afrontar los gastos incurridos ante un problema grave de salud o para que la familia pueda mantener su mismo nivel de vida.
Además, cada vez hay más pólizas de seguros, diseñadas para todo tipo de perfiles: autónomos, solteros, asociados a la hipoteca…Toma nota de estas cuestiones: ¿qué cubre un seguro de vida? ¿Cuál es el límite de edad para contratar el seguro? ¿Qué cantidad es aconsejable asegurar? ¿Pueden cambiarse los beneficiarios del seguro?, etc.
Seguro de vida: ¿Qué es y quién puede contratarlo?
Es una póliza que firma una persona (tomador o asegurado) con una aseguradora, por la que a cambio de una prima definida (precio del seguro), se obliga a pagar a esa persona, o a otro beneficiario que ésta haya designado, un capital o renta en caso de que se produzca alguna de las coberturas previstas en el seguro de vida, como fallecimiento, invalidez o enfermedad.
El seguro de vida puede ser contratado por mayores de 18 años que no se encuentren en situación de invalidez legal. No obstante, la Ley permite asegurar a personas desde los 14 años.
Tipo de seguros de vida
Lo cierto es que es normal que una persona no habituada a este tipo de temas, se pierda en el “amplio océano” de los seguros de vida, y aunque lo recomendable siempre es buscar asesoramiento profesional, te enumeramos a continuación las distintas tipologías de seguro de vida existente que se adecúan a las necesidades de cada individuo. Así, los seguros de vida se pueden clasificar según el periodo de cobertura, la causa que motiva su contratación y según el precio del mismo (la prima):
En función del periodo de cobertura:
- Seguro de vida temporal
- Como su propio nombre indica, es aquel cuya cobertura se establece por un periodo determinado de tiempo y, una vez finalizado este, el seguro se extingue.
- Seguro de vida temporal renovable
- A diferencia del anterior, una vez finalizado el periodo de cobertura inicial contratado, éste se renueva por periodos anuales de forma automática.
Si tenemos en cuenta la causa del contrato, diferenciamos:
- Seguro de vida libre
- En este tipo de seguros, la motivación que tiene el cliente para la contratación del seguro es única y exclusivamente la de estar cubierto. No existe ningún otro interés implícito o adicional.
- Seguro de vida asociado
- En este tipo de seguros la motivación que tiene el cliente para la contratación del seguro es proteger el activo al que va asociado el seguro, de forma que el seguro se adquiere como un bien o servicio que complementa a otro principal. Por ejemplo, el seguro de vida asociado a la hipoteca, por el que el en caso de fallecimiento, invalidez, etc. del asegurado, la entidad financiera se compromete a abonar el préstamo o parte del mismo.
Y, por último, según el tipo de prima que contratamos:
- Seguro de prima natural
- Aquellos que suben anualmente su precio conforme el asegurado va cumpliendo años.
- Seguro de prima fija o nivelada
- En los que se paga siempre lo mismo durante toda la vida del seguro, siendo más elevada que la prima natural cuando el asegurado es más joven, y más barata en edades más avanzadas.
- Seguro de prima única
- Se paga una única prima en el momento de la contratación del seguro por un periodo determinado de años.
Qué cubre un seguro de vida
Las coberturas más básicas del seguro de vida son:
- Fallecimiento por cualquier causa.
- Invalidez o incapacidad, ya sea temporal o permanente, en cualquiera de sus grados: parcial o total para la profesión habitual, absoluta y gran invalidez
- Enfermedad grave.
Antes de contratar un seguro de vida, es necesario que el propio tomador analice su situación personal (patrimonio, préstamos, familia, etc.). Una vez identificadas las necesidades, es más fácil decidir las coberturas y el capital necesario para proteger a la familia en caso de fallecimiento o de cualquier otra contingencia.
Por otra parte, una vez analizada la situación personal de cada uno, quizá te des cuenta que necesitarías contratar varios seguros de vida. ¿Es esto posible? Pues sí. No hay ningún inconveniente en contratar varios seguros de vida al mismo tiempo y así poder beneficiarse de las ventajas que esto supondría, tanto para el asegurado como para su familia.
Una de estas ventajas es poder designar diferentes beneficiarios en cada una de las pólizas. Además, dado que los seguros se encuentran al margen de la masa hereditaria, estos beneficiarios no tienen por qué coincidir con los herederos legales. Así, en cada póliza, el asegurado puede decidir tanto el capital como la persona que lo percibiría en caso de fallecimiento.
Por otra parte, puede garantizar la protección de su familia en diferentes circunstancias. Por ejemplo, tener cobertura tanto en caso de fallecimiento como en una situación que le incapacite para trabajar de forma permanente. Incluso se puede contratar una póliza de vida que garantice un capital en caso de enfermedad grave, para poder afrontar la pérdida de ingresos durante el tratamiento o los gastos del mismo.
Periodo de gracia y periodo de carencia. ¿En qué se diferencian?
En el periodo de gracia, el tomador tiene la obligación de pagar los recibos en la fecha de su vencimiento. No obstante, si no se pagan, la cobertura del seguro sigue vigente durante el mes siguiente al citado día de su vencimiento. Durante este período, aunque no esté cobrado el recibo de la prima, surten efectos las garantías de la póliza en caso de que suceda el riesgo cubierto.
El objeto de este mes de gracia es dar la posibilidad al asegurado de subsanar cualquier problema en el pago de la renovación del seguro que haya podido darse. De hecho, la anualidad del seguro no empieza a contar el día que se paga la póliza, sino el día que correspondía la renovación de la misma.
¿Y qué es el periodo de carencia? Es el tiempo que transcurre entre la fecha de efecto de la póliza y la entrada en vigor de las coberturas contratadas. Durante este periodo, las coberturas del seguro no están activas y, si ocurriera un siniestro, el beneficiario no percibiría ningún tipo de indemnización.
El cuestionario de salud en el seguro de vida
En el momento de la contratación de un seguro de vida hay que cumplimentar un cuestionario de salud. Llegados a este momento, uno se puede preguntar ¿y qué pasa si tengo algún tipo de discapacidad o he sufrido una enfermedad grave? ¿No me dejarán contratar un seguro de vida? Sí que se puede contratar, no obstante, se debe declarar en el cuestionario de salud en el momento de la contratación. Es muy importante que la Compañía aseguradora conozca toda la información necesaria sobre el estado de salud del asegurado para la valoración del riesgo, ya que podría suponer exclusión de coberturas o la aplicación de algún tipo de recargo.
En cuanto a los gastos que se aplican en un seguro de vida son aquellos costes en los que incurre la compañía aseguradora en la gestión de las pólizas. Estos pueden ser internos o externos. La prima del seguro que paga el tomador ya tiene incluida este tipo de gastos.
Así que, si estás pensando en contratar un seguro de vida, esperamos haber resuelto la mayoría de tus dudas. Si bien, recuerda que la recomendación siempre es pedir asesoramiento profesional que te ayude a elegir la mejor opción entre todas las disponibles y que se adapte a tu situación particular.