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Principales novedades para la declaración de la renta en 2023

Aránzazu García Alonso

Licenciada en Derecho y Administración y Dirección de Empresas

Sobre mi

Licenciada en Derecho y Administración y Dirección de Empresas en la Universidad de Valladolid. MBA en Administración y Dirección de Empresas en la Universidad de Oviedo. Experiencia en Fiscalidad Corporativa. Actualmente trabaja en el área fiscal en el sector financiero.

Hay novedades para la declaración de la renta que afectan a los límites de planes de pensiones, de productos de inversión, así como a las ayudas sociales y medioambientales

04 May 2023

7 Min de lectura

Hay importantes novedades para declaración de la renta en 2023 que debemos tener en cuenta. Te invitamos a leer este artículo con detenimiento para no dejarte atrás algunas deducciones que puedan corresponderte.

 

Vamos a comenzar situándonos: el pasado 11 de abril se inició el plazo para presentar la Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, más conocida como la Declaración de la renta, para el ejercicio 2022, que finalizará, como es costumbre, el 30 de junio.

 

El procedimiento de presentación sigue el patrón de años anteriores, es decir, los contribuyentes, salvo excepciones, podrán acceder al borrador preparado por la propia Agencia Tributaria ya sea telemática o presencialmente y, tras incluir las modificaciones oportunas, podrán presentar el mismo.

 

A efectos de facilitar la confección de la declaración, la Agencia Tributaria ha mejorado su Informador de Renta, una herramienta accesible desde su página web que incluye más de 800 respuestas a las dudas más comunes de los contribuyentes y que permite, además, la conexión a través de un chat con especialistas en la materia.

 

Novedades en la declaración de la renta: modificación de límites en planes de pensiones

 

A nivel de contenido, la Declaración de la Renta del año 2022 incluye importantes novedades que son fruto, fundamentalmente, de la integración en el IRPF de una serie de medidas aprobadas por el gobierno como las modificaciones de los límites de aportación a planes de pensiones, el ingreso mínimo vital o el bono cultural, entre otros.

 

Así, la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2022 modifica el límite general de aportación a planes de pensiones individuales que pasa de 2.000 euros en 2021 a 1.500 euros en 2022. El mismo límite de 1.500 euros anuales también opera para el conjunto de reducciones practicadas por todas las personas que satisfagan primas a seguros privados que cubran exclusivamente el riesgo de dependencia severa o de gran dependencia a favor de un mismo contribuyente, incluidas las del propio contribuyente.

 

En los sistemas de previsión social empresarial se mantiene el límite de 8.500 euros anuales (siempre que no superen el 30% de los rendimientos netos del trabajo) pero se establece como novedad que este importe pueda cubrirse tanto con contribuciones del empleador a favor del empleado como por aportaciones del trabajador al mismo instrumento de previsión social, siempre que estas aportaciones sean de igual o inferior importe a la respectiva contribución empresarial.

 

Por tanto, el límite total del conjunto de aportaciones a planes de pensiones (individuales y empresariales) se mantiene en 10.000 euros.

 

En el caso de aportaciones a planes de pensiones en los que el titular sea el cónyuge, el límite máximo de aportación se mantiene 1.000 euros anuales.

 

Novedades en la declaración de la renta: productos de inversión

 

En cuanto a los productos de inversión, a partir del ejercicio 2022 se iguala el tratamiento de las inversiones en fondos y sociedades de inversión cotizados que cotizan en bolsas extranjeras con la de fondos y sociedades de inversión que cotizan en la bolsa española.

 

Por tanto, dejará de ser aplicable el régimen de diferimiento de ganancias patrimoniales obtenidas por la transmisión de estos valores y reinvertidas en acciones o participaciones de otra IIC, debiendo computarse las mismas en el ejercicio en que se obtienen.

 

Si bien, se establece un régimen transitorio que permite aplicar el diferimiento a las rentas obtenidas por la transmisión de acciones o participaciones en fondos y sociedades de inversión cotizados extranjeros adquiridas antes del 1 de enero de 2022, siempre y cuando la reinversión no se realice en otros fondos y sociedades de inversión cotizados.

 

Cómo tributan las nuevas ayudas sociales en la declaración de la renta 

 

Siguiendo con la base imponible del impuesto, en el ejercicio 2022 se aprobaron una serie de ayudas para determinados colectivos, con el siguiente tratamiento fiscal, en función de su naturaleza:

  • Complemento de ayuda a la infancia para beneficiarios del ingreso mínimo vital dirigido a los perceptores del Ingreso Mínimo Vital que, además, tengan a su cargo menores. Este complemento tiene la naturaleza de ingreso mínimo vital y se encuentra exento de acuerdo con lo establecidos en el artículo 7. y de la Ley del IRPF.
  • Ayuda de 200 euros para personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio "Línea directa de ayudas a personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio" que consistió en un pago único de 200 euros, para las personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio, que sean asalariados, autónomos o desempleados. Esta ayuda tiene la consideración de ganancia patrimonial.
  • Ayuda máxima de 400 euros de pago único que se concedió a aquellos jóvenes que, además de otros requisitos, hayan cumplido 18 años durante el año 2022, para la adquisición de productos y servicios culturales ofrecidos por las entidades que se hubieran adherido al programa. Esta ayuda tiene la consideración de ganancia patrimonial.

 

Deducciones en la declaración de la renta por acciones de rehabilitación energética

 

En materia medioambiental, junto con la ampliación de las ayudas y subvenciones concedidas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios, se aprobó la exención en el IRPF para los ejercicios 2021 y siguientes de aquellas ayudas y subvenciones que hubieran sido concedidas en virtud de los distintos programas establecidos en los Reales Decreto 691/2021, 737/2020, 853/2021 y 477/2021.

 

La apuesta por la reforma energética se ve complementada con la aprobación de una deducción para los ejercicios 2021, 2022, 2023 y 2024, por obras de mejora de la eficiencia energética, siempre y cuando se disponga del correspondiente certificado, realizadas en la vivienda habitual, viviendas alquiladas de forma permanente, que se encuentren en expectativa de alquiler y en edificios residenciales, en los siguientes porcentajes, incompatibles entre sí dentro de una misma obra:

  • Deducción del 20% por obras de mejora que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración, con una base máxima anual de 5.000 euros.
  • Deducción del 40% por obras de mejora que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable, con una base máxima anual de 7.500 euros.
  • Deducción del 60% por obras de rehabilitación energética de edificios, con una base máxima anual de 5.000 euros.

 

La base de deducción estará formada por las cantidades invertidas en obras de rehabilitación que contribuyan a alcanzar determinadas mejoras de la eficiencia energética en las citadas viviendas, con un máximo total acumulado en todos los ejercicios de 15.000 euros.

 

La deducción por maternidad en la declaración de la renta

 

Finalmente, otra de las deducciones que se ve modificada de forma temporal para los ejercicios 2020 a 2022 es la deducción por maternidad, que extiende su ámbito de aplicación a las mujeres que, a partir de 1 de enero de 2020, se hallen en alguna de las siguientes situaciones:

  • Situación legal de desempleo por suspensión del contrato de trabajo.
  • Período de inactividad productiva, en caso de ser trabajadoras fijas-discontinuas.
  • Suspensión de la actividad económica desarrollada por parte de trabajadoras autónomas que estén recibiendo la prestación por cese de actividad.

 

Al tratarse de una medida con efectos retroactivos, la propia norma ha previsto que las contribuyentes puedan incluir la deducción de los tres ejercicios en la declaración del ejercicio 2022.

 

Como puede verse, la Declaración de la Renta de 2022 sigue una línea continuista de ejercicios anteriores, manteniendo los mismos principios y parámetros e incluyendo, también, importantes novedades. En este sentido, se observa que las principales novedades para la declaración de la renta en 2023 se corresponden con la integración, dentro del marco normativo del IRPF, de medidas aprobadas para paliar los efectos de la actual situación socioeconómica e incentivar medidas de sostenibilidad medioambiental.

 

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